De acuerdo a la Superintendencia de Seguridad Social, el pago de las cuotas de un crédito social otorgado por una Caja de Compensación puede producir un saldo a favor del afiliado, cuando lo que han pagado es más de lo que les correspondía (generándose un exceso)..
Beneficiarios
Son potenciales beneficiaros todos los que estén afiliados a una caja de compensación y que hubieren solicitado un crédito social.
Causas de los Excesos
Se generan principalmente por errores operacionales, en situaciones como:
- Duplicidad de pago (pago vía descuento por planilla y posteriormente por ventanilla).
- Mayores pagos de deudores y empresas (errores en prepago de crédito social en caso de finiquito).
- Errores operaciones (en compras de cartera o descuentos posteriores al vencimiento).
Tramitación y Cobro
Cada Caja de Compensación tiene su propia modalidad de tramitación y cobro; te dejamos algunas de ellas:
- De forma presencial, en cualquiera de las sucursales de las Cajas de Compensación respectivas, presentando su Cédula de Identidad.
- Cuenta RUT, si cumple los requisitos el pago será depositado automáticamente en su CuentaRUT si es que ésta se encuentra activa.
- Transferencia Electrónica, se realizará una depósito a su cuenta bancaria previamente informada.
- Cheque, se emitirá un cheque nominativo a nombre del acreedor.
REVISA SI TIENES PAGOS EN EXCESOS
Pagos Heredables
- Los pagos en exceso no tienen caducidad, puedes cobrarlos en cualquier momento.
- Hay dos motivos por los cuales las personas no cobran estos dineros:
- Por cambio de dirección, sin previo aviso a sus respectivas cajas.
- Por fallecimiento
- En caso de fallecimiento del beneficiario titular, sus herederos pueden solicitar la devolución de estos montos, puesto que los excesos son heredables.
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