Este programa del Ministerio de Vivienda y Urbanismo está destinado a apoyar a las familias vulnerables y de sectores medios que necesitan una solución habitacional flexible por un tiempo determinado; y que son capaces de realizar un desembolso mensual para pagar el arriendo de una vivienda.
Requisitos
- Ser mayor de 18 de edad durante el año del llamado.
- Contar con Cédula Nacional de Identidad vigente. Las personas extranjeras deben presentar Cédula de Identidad para extranjeros.
- Postular al menos con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. Las personas que tengan más de 60 años al momento de postular, no necesitan contar con núcleo familiar.
- Pertenecer al 70% más vulnerable de la población, de acuerdo al Registro Social de Hogares (RSH). Se permitirá máximo una postulación por Registro Social de Hogares en cada llamado.
- Acreditar un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda, al momento de postular la cuenta debe estar a nombre del postulante, cónyuge o conviviente civil; se aceptarán comprobantes de depósito con máximo 30 días de antigüedad.
- Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento.
- Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado NO se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Ser propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria, o de un sitio.
- Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
- Que se encuentre postulando a este o cualquier otro programa habitacional, salvo en el caso del DS 1.
- Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.
Monto del Beneficio
- Subsidio único y total de 170 UF como máximo el que se descontará hasta en 4,2 UF cada mes
- El subsidio puede ser utilizado mensualmente de manera consecutiva o fragmentada en un plazo máximo de vigencia de hasta 8 años.
- El subsidio cubre 4,2 UF mensuales, por lo que el beneficiario, cada mes, deberá pagar la diferencia del valor del arriendo.
- El Precio Máximo del Arriendo podrá ser de 11 UF.(el monto máximo del subsidio y de arriendo pueden variar según la localización geográfica de la comuna en que se encuentra la vivienda).
- Las familias deberán pagar solo una parte del valor de su arriendo cada mes, porque la otra es cancelada por el subsidio obtenido.
Consideraciones Generales
- La selección de los beneficiarios se realizará en estricto orden según puntaje obtenido en la postulación en los meses de abril, junio, agosto y octubre.
- La familia beneficiada deberá buscar una vivienda que cumpla con las características exigidas
- Puede postular con o sin contrato de arriendo, siempre y cuando cumpla con los requisitos.
- Este subsidio de arriendo es incompatible con el subsidio DS49, pero sí al DS1 de sectores medios.
- El titular del beneficio, debe firmar ante notario un contrato de arrendamiento con el dueño de la vivienda, y luego, validarlo en el Serviu.
- Al activar su contrato recibirá un aporte adicional de 1 UF para financiar los gastos operacionales generados al validar el contrato (certificados, gastos notariales).
- Cuando valide su contrato, el beneficiario deberá pagar mensualmente una parte del monto del contrato, a través de Caja Vecina o ServiEstado y el Minvu se encargará de pagar el subsidio directamente al dueño.
Postulaciones
- Postulación Presencial en Serviu sin reserva de hora.
- Diríjase al Serviu de su región o a las instituciones públicas habilitadas para estos efectos.
- Complete las declaraciones y formularios que solicita el programa, disponibles en www.minvu.cl.
- Acredite el ahorro mínimo de 4 UF.
- Acredite los ingresos económicos de su núcleo familiar.
- Postulación On Line a través de internet en www.minvu.cl
- Debe contar con la Clave Única (otorgada por el Regitro Civil)
- Debe contar con certificación de ahorro en instituciones financieras que tengan convenio de consulta en línea con el Minvu (como son el Banco Estado, Banco del Desarrollo de Scotiabank, Coopeuch y Caja de Compensación Los Andes).
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Plazos
Este llamado comienza el 09 de marzo de 2020 y cierra el 19 de octubre de 2020.
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